sábado, 10 de diciembre de 2022

KANT: 4º MODELO DE RESPUESTA A LA CUESTIÓN 1 DEL EXAMEN DE SELECTIVIDAD

(...) De ello se deduce que todo conocimiento especulativo de la razón se halla limitado a los simples objetos de la experiencia. No obstante, hay que dejar siempre a salvo (...) que, aunque no podamos conocer esos objetos como cosas en sí mismas, sí ha de sernos posible, al menos, pensarlos. De lo contrario, se seguiría la absurda proposición de que habría un fenómeno sin nada que se manifestara. Supongamos ahora que no se ha hecho la distinción, establecida como necesaria en nuestra crítica, entre cosas en cuanto objeto de experiencia y esas mismas cosas en cuanto cosas en sí. En este caso habría que aplicar a todas las cosas, en cuanto causas eficientes, el principio de causalidad y, consiguientemente, el mecanismo para determinarla. En consecuencia, no podríamos, sin incurrir en una evidente contradicción, decir de un mismo ser, por ejemplo del alma humana, que su voluntad es libre y que, a la vez, esa voluntad se halla sometida a la necesidad natural, es decir, que no es libre.

(Enmanuel KANT: Prólogo a la 2ª edición de la "Crítica de la razón pura")

1).- Exponer las ideas fundamentales del texto y las relaciones existentes entre ellas.

RESPUESTA:

El párrafo propuesto expone la posibilidad de una realidad suprasensible (el noúmeno) que, no siendo conocida por la razón especulativa, ha de admitirse como posibilidad por la fuerza con que condiciona el hecho moral, algo que resulta evidente en cuanto al problema de la libertad: "(sin) la distinción ... entre cosas en cuanto objeto de experiencia y ... cosas en sí ... no podríamos, sin incurrir en una evidente contradicción decir ... del alma humana ... que su voluntad es libre y que, a la vez, ... se halla sometida a la necesidad natural" (líneas 6 - 7 y 9 - 12)

El argumento parte de la respuesta kantiana al llamado “problema crítico”, esto es, el alcance y límite de nuestro conocimiento, que Kant sitúa en el mundo de los fenómenos: “… todo posible conocimiento especulativo de la razón se halla limitado a los simples objetos de la experiencia” (líneas 1 - 2). La razón es que sólo a los fenómenos puedo aplicar las categorías del entendimiento, lo cual limita el ámbito de lo cognoscible a lo empírico, dejando fuera el mundo de lo que se sitúa fuera de la experiencia posible, el mundo de lo metafísico, cuya posibilidad es el problema que se plantea la “Crítica de la razón pura”.

No obstante, además de lo empírico, objeto de conocimiento en el sentido más legítimo y riguroso, hemos de considerar la posibilidad de afirmar como "pensable" la "cosa en sí" -lo incondicionado-: "... aunque no podamos conocer esos objetos como cosas en sí mismas, sí ha de sernos posible, al menos, pensarlos" (líneas 3 - 4), posibilidad que solo está sujeta a la lógica, en particular al principio de no contradicción: "De lo contrario, se seguiría la absurda proposición de que habría un fenómeno sin nada que se manifestara" (líneas 4 - 5). El ámbito de este peculiar objeto exterior a la esfera de nuestra experiencia es justamente el de la razón práctica, aquél en que nuestra facultad intelectiva rebasa su función representativa para convertirse en legisladora de nuestra voluntad, y en el que, por tanto, construye su propio objeto en vez de concebirlo como ya dado por las leyes de la naturaleza.

La distinción entre fenómeno y noúmeno es lo que nos permite abordar el hecho moral sin incurrir en la contradicción de representarnos la libertad, fundamento de nuestra responsabilidad, como algo a la vez indudable -en tanto que "postulado de la razón práctica" (supuesto sin el cual no es posible pensar el hecho moral)- e inexistente, en tanto que nuestra conducta, reducida a mero fenómeno, habría de someterse al principio de causalidad: "Supongamos ahora que no se ha hecho la distinción, establecida como necesaria en nuestra crítica, entre cosas en cuanto objeto de experiencia y esas mismas cosas en cuanto cosas en sí. En este caso habría que aplicar a todas las cosas, en cuanto causas eficientes, el principio de causalidad y, consiguientemente, el mecanismo para determinarla" (líneas 5 - 9).

La causalidad, que es una categoría del entendimiento, debe aplicarse sólo a intuiciones, es decir, a objetos considerados como fenómenos, sin que pueda aplicarse a cosas en sí.

En conclusión, la razón práctica es el ámbito de un uso puramente formal de la razón, en el cual el limite de su uso teórico (lo experimentable mediante intuición sensible) es rebasado para abarcar el ámbito de lo pensable.

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